Al ser la avalista de una empresa, todo depende del tipo de relación contractual que exista entre las partes. Es decir, en el aval que hicieras tiene que poner qué avalas en primer lugar y con qué cantidad respondes. POr ejemplo, puedes avalar la compra de un inmueble por parte de una empresa con todo tu patrimonio: en este caso, tú responderias ante las deudas SÓLO de la hipoteca y evidentemente con todos tus bienes. Y, en este caso que digo, por ejemplo, no responderias de otro tipo de deudas que tenga la empresa.
Ahora bien, esto también depende del tipo de sociedad que sea la empresa, porque en algunos tipos de sociedad, el propietario de la empresa responde con todo su patrimonio ante todos las deudas que existan (aunque creo que este no es tu caso, porque pones que solo eres la admnistradora y no la propietaria). |