En principio, tiene derecho a desgravarse TODO el dinero invertido en la compra de la vivienda, es decir:
* Las cantidades depositadas en la cuenta vivienda, así como las entregadas a cuenta al promotor / constructor antes de la firma de la escritura de compra - venta.
* Todos los impuestos que se deriven de la compra, así como todos los gastos de formalización de la escritura, es decir:
- IVA (en viviendas nuevas) o Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (en viviendas de segundamano)
- Actos Jurídicos documentados (si tiene que pagarlo)
- Notaría
- Registro
- Gestoría
*Si usted necesita una hipoteca, todos los gastos que se deriven de la formalización de la misma, es decir:
- Actos Jurídicos Documentados
- Notaría
- Registro
- Gestoría
- Comisión de apertura
*Todos los intereses y capital pagado de la hipoteca.
*En el supuesto que usted mismo se construya su vivienda, todos los gastos de permisos de obra, licencias, proyecto del arquitecto, etc, etc. |