www.ayudahipotecas.com
»




» Mensajes Foro

» Últimas Noticias

Ver más noticias


14455 - Embargo de casa

Enviado por Lauren - 3 Mayo 2010
Hola!

míralo con un abogado... segúnq ue pensiones no son embargables.

Si así lo estipulara el Juez sólo te embargarán hasta el salario mínimo interprofesional, fijado en este 2010 en: 633,30 euros. Si cobras 800 te quitarán 167 euros por mes hasta que pagues la deuda.

En este caso el banco pierde... pero si tu mujer trabaja el sueldo de ella irá a pagar dicho embargo en caso de que la casa esté a nombre de los dos. Lo mejor es que ella trabaje en B sin declarar nada y tu con tu pensión.

La Ley dice:



¿Se pueden embargar las pensiones del sistema de la Seguridad Social y en qué cuantía?


Las pensiones del sistema de la Seguridad Social pueden embargarse, de acuerdo con la escala prevista en el art. 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en tanto la cuantía de la prestación supere el importe del SMI vigente en cada momento.

Si los salarios, sueldos, pensiones o retribuciones estuvieran gravados con descuentos permanentes o transitorios de carácter público, en razón de la legislación fiscal, tributaria o de Seguridad Social, la cantidad líquida que percibiera el titular, deducidos éstos, será la que sirva de tipo para regular el embargo.

Se exceptúan de la regla general aquellos supuestos de ejecución de sentencia que condene al pago de alimentos en todos los casos en que la obligación de satisfacerlos nazca directamente de la Ley, incluyendo los pronunciamientos de las sentencias dictadas en procesos de nulidad, separación o divorcio sobre alimentos debidos al cónyuge o a los hijos.

En estos casos, así como en los de las medidas cautelares correspondientes, el órgano judicial fijará la cantidad que puede ser embargada.

Saludos!

Otros sitios del grupo
Antevenio Copyright © Antevenio