El mes pasado el Gobierno impulsó una modificación del mínimo de la pensión que no puede ser embargado. En concreto se acordó lo siguiente: el salario máximo embargable es el que deja disponible al ejecutado el salario mínimo interprofesional más un 10%. Es decir, no te pueden quitar un importe similar al SMI más un 10%.
POr otro parte, a cada individuo le corresponde un 20% adicional por cada persona que tenga a su cargo: por ejemplo, hijos o padres. |