Hola Jose,
Respecto a los impuestos y gastos:
1 - Por la \"división de cosa común\", el 1 % de AJD, más el coste de gestoría y registro de la propiedad.
2 - Por la novación de la hipoteca, la comisión que tengas en la escritura del préstamo.
Decirte que el banco no está obligado a aceptar la novación, ya que es potestativo del banco aceptartela o no. Si tu hermano, por nivel de ingresos o cualquier otro criterio de riesgo, no presenta las suficientes garantías frente a la entidad financiera, ésta se negará sin duda a aceptar la extinción de condominio.
Ten en cuenta que ahora las garantías personales del pago de la hipoteca recaen sobre dos personas (tu hermano y tú), por lo que a la entidad financiera no le interesa perder una de las garantías, salvo que se presenten avales adicionales o las garantías personales por parte de tu hermano sean más que suficientes.
Un saludo.
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