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15996 - Extinción de condominio

Enviado por Banquero - 13 Diciembre 2010
Hola Jose,

Respecto a los impuestos y gastos:

1 - Por la \"división de cosa común\", el 1 % de AJD, más el coste de gestoría y registro de la propiedad.
2 - Por la novación de la hipoteca, la comisión que tengas en la escritura del préstamo.

Decirte que el banco no está obligado a aceptar la novación, ya que es potestativo del banco aceptartela o no. Si tu hermano, por nivel de ingresos o cualquier otro criterio de riesgo, no presenta las suficientes garantías frente a la entidad financiera, ésta se negará sin duda a aceptar la extinción de condominio.

Ten en cuenta que ahora las garantías personales del pago de la hipoteca recaen sobre dos personas (tu hermano y tú), por lo que a la entidad financiera no le interesa perder una de las garantías, salvo que se presenten avales adicionales o las garantías personales por parte de tu hermano sean más que suficientes.

Un saludo.




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