Hola,
voy a subrogarme a una hipoteca para cambiar de piso, y mientras vendo el actual me dice el banco que puedo poner una carencia, pero como no cambia ni el importe ni el tiempo, puedo pedir la exención del IAJD por la novación según la ley 2/1994.
Es posible que me lo reclamen, pero dicen que recurriendo a mucha gente se lo han devuelto, ¿puede hacerse esto?
Saludos y gracias de antemano. |