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13603 - Me ha llegado un requerimiento de embargo al piso en el cual estoy viviendo de alquiler

Enviado por Marta - 9 Febrero 2010
En Diciembre me llegó un requerimiento de embargo al piso en el cual estoy viviendo de alquiler. Hablé con el dueño y me dijo que ya lo había solucionado por el banco y que no me preocupase de nada, y que sentía el susto que me había llevado ya que lo que le habí pasado era que no había podido pagar dos letras de la casa....Ayer llamé al juzgado de primera instancia de Madrid y pregunté si seguía en proceso el embargo, le dí el número de requerimiento y me dijo que si......¿que hago ahora, debería seguir pagando el alquiler??? si eso es verdad el casero no me ha dicho nada y yo he seguido pagando mi alquiler......Muchas gracias por adelantado

13605 - embargo en alquiler

Enviado por juan - 9 Febrero 2010
No te preocupes en nada; el problema lo tiene tu propietario. Tú tienes un contrato (espero que lo hayas firmado y que esté inscrito en la ccaa, sino que se haga de inmediato) y si llegan a subastar el piso, el propietario tiene que respetar el contrato en la misma forma que estuviera firmado. Consulta con un abogado por si hay que hacer algún trámite como inscribir el contrato de alquiler en el registro.

13606 - Gracias

Enviado por Marta - 9 Febrero 2010
Muchas gracias por tu respuesta...Lo he llamado para comentarle la situación y me dice que no me preocupe por nada que es un problema entre el banco y el. Siento que me está tomando el pelo.....Que hago, le sigo pagando??? y sino......el me puede reclamar el alquiler??? y de que manera??. No sé, estoy muy perdida... Por cierto, si que tengo contrato y está registrado por el IVIMA.

13608 - alquiler

Enviado por juan - 9 Febrero 2010
Sí, si sigues viviendo tienes que seguir pagando; es lo justo. Si llegan a ejecutar la hipoteca y cambia de dueño; el nuevo te tiene que respetar las condiciones del alquiler y comunicártelo adecuadamente. En el fondo le estás haciendo un favor al actual propietario porque nadie quiere quedarse un piso con alquilado con contrato, pero tú no tienes ningún problema, paga lo acordado y siempre recuerda tener un documento que acredite el pago (nada de un papel firmado por él, una copia de una transferencia o un ingreso en el banco)

13643 - Nunca dejes de pagar

Enviado por Chema - 13 Febrero 2010
A ver, a ti, como bien dicen, no te pueden echar del piso. Tú tienes que tener un contrato, que según la normativa vigente actualmente (Aunque esto depende de cuando lo firmaras), tiene una vigencia de cierto tiempo (generalmente suelen ser anuales), prorrogable hasta 5 años sin cambiar las condiciones (exceptos subidas o bajadas del IPC). Es decir, tu tienes tu piso alquilado por un tiempo, y puedes seguir ahí hasta 5 años sin que te cambien el precio, ni nada.

Y eso no importa de sí tu casero lo vende. Es decir, si tu casero vende la casa, el que se haga con ella (aunque sea un banco, por un proceso de embargo), tiene que respetar tu contrato.

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