Hola Marta,
La claúsula está bastante clara y es muy habitual.
Te reducen el diferencial a cambio de que tengais las nóminas domiciliadas en el banco que os concede la hipoteca. El banco renuncia a una parte del diferencial a cambio del negocio que les supone tener vuestras nóminas domiciliadas (domiciliación de recibos, tarjetas de débito / crédito, saldo medio no remunerado... etc.)
Mientras mantengais las nóminas no hay problema, pero si en el futuro decidiéseis llevaroslas a otra entidad, simplemente perderiais la bonificación en el diferencial.
Como esta claúsula aparece en la escritura de la hipoteca, tenéis que cumplirla si o si.
Saludos |