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16033 - Pues eso

Enviado por Banquero - 20 Diciembre 2010
Hola Marta,

La claúsula está bastante clara y es muy habitual.

Te reducen el diferencial a cambio de que tengais las nóminas domiciliadas en el banco que os concede la hipoteca. El banco renuncia a una parte del diferencial a cambio del negocio que les supone tener vuestras nóminas domiciliadas (domiciliación de recibos, tarjetas de débito / crédito, saldo medio no remunerado... etc.)

Mientras mantengais las nóminas no hay problema, pero si en el futuro decidiéseis llevaroslas a otra entidad, simplemente perderiais la bonificación en el diferencial.

Como esta claúsula aparece en la escritura de la hipoteca, tenéis que cumplirla si o si.

Saludos

16034 - el problema es el mínimo de ingresos que exige la entidad

Enviado por marta - 20 Diciembre 2010
Las nóminas entiendo que tenga que mantenerlas en la entidad y no llevármelas a otra para así poder mantener esa reducción del diferencial. Lo que veo abusivo es que no pueda bajar los ingresos de 3000 euros ( que son los ingresos actuales).
¿qué ocurre si me voy al paro? ¿pierdo inmediatamente esa reducción del diferencial del 0\'51%?

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