Buenas tardes Joan, te has explicado perfectamente. Decirte que sí, que existe la posibilidad de un aval parcial que avale el exceso de un porcentaje que te de el banco sin avales, es decir, tu caso.
Es así de sencillo, una vez amortizado el exceso de ese 90 % el aval desaparece, sin más, no lo tiene que autorizar el banco, está obligado a ello, eso sí, para que esto ocurra y no quede en palabras que después se las lleva el viento, la única manera de que esto ocurra y se cumpla es poniéndolo en las escrituras de hipoteca.
A la oficina que os lo conceda le tenéis que preguntar que si eso va a aparecer en la escritura de hipoteca, si os dice que no es necesario....mal asunto, pues los avales avalarán el préstamo entero. Si os dicen que sí, que aparece en las escrituras, pues nada perfecto. El día de la firma estar muy pendiente a ver si lo pone y si lo veis claro que lo pone pues ya está, pero si dudáis preguntar directamente al Notario, ni al apoderado del banco ni a nadie, al Notario, es la forma más segura.
No es que dudeis del banco pero se han visto muchas veces que te dicen que sí a algo que después en Notaría no tiene nada que ver.
Espero aherte ayudado. Un saludo.
Gestor Hipotecario.
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