Saludos a todos, supongo que de este tema se habrá comentado bastante pero soy nuevo y quisiera consejo sobre lo siguiente:
En Abril de 2002 contraté hipoteca con UCI con una cláusula de redondeo al alza de 1/4 de punto. Ahora he reclamado a UCI el que me quite dicha cláusula y me devuelva lo cobrado indebidamente . Me contestan diciendo que como firmé antes de que saliera la Ley 44/2002 de noviembre de ese año no tengo derecho a ello y sólo por \"razones comerciales\" acceden a quitarme él redondeo a partir de la próxima revisión que tenga. ¿Es esto correcto? ¿Tengo posibilidad de ganar si reclamo ante Banco España o entro en pleito?
Espero vuestra ayuda.
Saludos y muchas gracias.