Hola David,
En primer lugar decirte que la operación que planteas está dentro de todos los criterios de riesgo fundamentales (relación financiación / precio de compra o tasación <= 80% y relación cuota / ingresos netos <= 35%), así que como tu bien indicas se trata de una compra responsable.
Que conste que yo no estoy en contra de la compra de vivienda, sino que trato de informar de los riesgos que suponen las operaciones financieras suicidas sobre activos inmobiliarios hipervalorados, en un escenario de incertidumbre económica.
Si la compra es a través de inmobiliaria, lo primero que debes de saber es la comisión que se lleva el intermediario por la operación. Suele rondar entre el 2% y el 5% sobre el precio de compra de la vivienda. Antes de realizar ninguna entrega a cuenta, asegúrate de conocer este importe.
Mi consejo es que aprietes a la inmobiliaria con objeto de rebajar su comisión al mínimo posible (máximo un 1,5 %) y que solicites que el pago de la comisión se realice en el momento de la escritura pública, en vez de realizarlo en el momento de la firma del contrato de arras (señal). Esto es por que si finalmente no se realiza la compra-venta, por que disienta el comprador o el vendedor, puede que la inmobiliaria se niegue a abonarte sus honorarios, al considerar que ya ha prestado su servicio de intermediación al poner en contacto a comprador y vendedor.
Importante que te pasen por escrito y firmadas todas las condiciones contractuales que afectas a las relaciones entre la inmobiliaria y tú.
Antes de entregar ninguna señal a cuenta, solicita los datos de la vivienda y el DNI del vendedor, para poder pedir una nota simple de la vivienda en el registro de la propiedad. De esta manera te podrás asegurar que la vivienda pertenece legalmente al vendedor (puede ser que haya más de un propietario, o que el vendedor solo disponga del usufructo) y de paso podrás verificar si la vivienda está libre de cargas.
Antes de entregar ninguna señal a cuenta, solicita los recibos del IBI de la vivienda de los últimos 4 años y el estado de cuentas de los pagos de la comunidad de vecinos. Esto es necesario, debido a que si adquieres una vivienda con impuestos o gastos pendientes, éstos pasan en última instancia a ser responsabilidad del nuevo propietario.
No te cortes en pedir lo que te indico, ya que ésto es algo habitual en las operaciones de compra-venta.
En ocasiones el vendedor entrega toda esta documentación en el mismo momento de la firma del contrato de arras, pero es mejor disponer de ella previamente para verificar que todo es correcto. En caso de que no te enteguen esta documentación no firmes nada (NADA!!)
Sobre las formalidades de un contrato de arras, puedes encontrar múltilpe documentación en internet. Mi consejo es que te gastes 100 € y lleves una copia del contrato de arras a un abogado o a una asesoría para que le eche un vistazo y te diga si hay gato encerrado, o para que incluya las claúsulas necesarias que garanticen la defensa de tus intereses (por ejemplo que la operación está condicionada a que el banco te conceda la financiación).
Por un poco más de dinero te podrán asesorar en toda la operación.
Sobre las buenas o malas prácticas de la inmobiliaria, te aconsejo que investigues un poco en internet, ya que siempre que alguna inmobiliria suele hacer pufos, hay algún afectado que lo denuncia en los foros inmobiliarios.
Lo anterio igualr suena excesivamente precavido, pero te aseguro que la última década esta llena de intermediaciones inmobiliarias con clientes descontentos, pleitos y muchos dolores de cabeza.
Mucha suerte!! |