Alexis:
Solamente es obligatorio lo que firmeis en escritura por lo que si no está en escriuta no hay problema. Muchas vinculaciones se quedan así en el aire , a no ser que se firme un contrato o oferta vinculante a la que echar mano. Por otro lado no suele ser el seguro de hogar el que ponen a nombre del banco si no el de vida, para que en caso de deceso el banco se cobrara su deuda.
un saludo:
David López
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